El Gobierno definió cómo deben actualizar las cuotas de mayo las empresas prepagas

El Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, definió este jueves cómo deberán actualizarse las cuotas de mayo de los planes de salud de las empresas de medicina prepaga alcanzadas por la resolución del Gobierno nacional para que retrotraigan en mayo los aumentos.

En ese sentido, desde el Palacio de Hacienda sostuvieron que las prepagas deberán aplicar un ajuste como máximo del 93,3% para la cuota de abril, mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6%, es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).

“Por ejemplo, si la cuota es de abril, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933 (si la misma se facturó después del 17 de abril)”, señalaron desde la administración nacional y agregaron: “Si la cuota es de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146”.

En ese sentido, desde el Gobierno nacional indicaron que: “el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación“.

De esta manera, las empresas de medicina prepaga no podrán aumentar la cuota de mayo más del 114,6% en comparación con el valor que cobraron a sus clientes en diciembre pasado, según explicaron este jueves desde la Secretaría de Comercio.

A su vez, desde el Palacio de Hacienda destacaron que esos valores “no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 por encima de la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.

Sin embargo, desde la cartera que comanda Caputo señalaron que “en el caso de las facturas previas al 17 de abril, el descuento se verá aplicado en la próxima factura”. “En tanto, es importante destacar que este mecanismo de ajuste con un límite en la inflación registrada estará vigente por los próximos 5 meses, es decir hasta septiembre”, concluyeron.

Además de este mecanismo de cálculo para las cuotasCaputo había anticipado que se abrirá un canal de denuncias y se multará a aquellas empresas de medicina prepaga que no retrotraigan los excesivos aumentos que el propio Gobierno nacional permitió con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) n° 70/2023, de desregulación de la economía.

Vamos a abrir un canal para denuncias para las facturas que no se condicen con lo reglamentado y acordado”, informó el jueves Caputo y añadió: “Además, se aplicará una multa (un porcentaje de la facturación anual, muy grande) en caso de incumplimiento”.