Oficializaron la desregulación de las obras sociales: qué cambia

Este miércoles a primera hora, el Gobierno nacional, con las firmas del presidente, Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y el ministro de Salud, Mario Russo, estableció la reglamentación para desregular las obras sociales, una medida que alcanzará a más de 14 millones de trabajadores que están en relación de dependencia.

Según expresan el decreto que anuncia la desregulación de las obras sociales, tanto los empleados del sector público como privado, sindicalizados, monotributistas, empleadas domésticas, y las más de 5 millones de personas que pertenecen al llamado sistema general podrán, a partir del 1° de marzo, elegir su aseguradora.

En tanto, el organismo estatal que liderará el proceso de cambio será la Superintendencia de Servicios de Salud, que se encargará exclusivamente de hacer cumplir el “derecho a la libertad de elección de la seguridad social a los beneficiarios, e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas”.

De esta manera, a través del decreto 170/2024, el Gobierno oficializó esta modificación al establecer que el “derecho a la libre elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción prevista en el artículo 9°”.

Tal como consta en el decreto, este derecho podrá ejercerse por el plazo que determine la Autoridad de Aplicación. Además, la norma especifica que el plazo mínimo de permanencia “no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica y esta se encuentre inscripta en los Registros establecidos en el inciso b) del artículo 5° de la Ley Nº 26.682 y en el artículo 6° de la Ley Nº 23.660”. En el último supuesto, podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma entidad.

Es preciso mencionar que, la reglamentación de la desregulación de las obras sociales deja en evidencia que para la administración del presidente Milei, el tema tuvo estatus de prioridad. No sólo porque fue incorporada dentro del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 y no sufrió las demoras que otras medidas tuvieron, sino también porque el ordenamiento y la transparencia de los aportes y contribuciones que hace el Estado al sector de la salud representa un ataque al concepto de las “cajas negras” que tanto obsesionan al Jefe de Estado.

Por su parte, la Superintendencia de Servicios de Salud, además de motorizar los cambios, supervisará los aportes y contribuciones a las obras sociales y prepagas. El dinero va directamente desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la declaración jurada de los empleadores o del pago directo del monotributista, directo a las obras sociales sindicales, menos lo que se envía al Fondo Solidario de Redistribución que se conforma con el 10% monotributistas, 15% obras sociales Sindicales y 20% en el caso de las empresas de medicina prepagas.

Desregulación de obras sociales: cuáles son los principales cambios

  • Los beneficiarios podrán elegir libremente entre obras sociales y prepagas.
  • Los beneficiarios ya no deberán permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo.
  • Los beneficiarios podrán elegir una obra social o prepaga -que se registre para tal fin- al comenzar un nuevo empleo, sin ningún tipo de intermediación.
  • Los beneficiarios podrán ejercer el derecho de libre elección una vez al año, en cualquier momento desde el inicio de la relación laboral.
  • Las empresas de medicina prepaga se encuentran obligadas a aportar al Fondo Solidario de Redistribución por el total de la cuota que reciben (aproximadamente un 20%).