Caso María Tobio: Celebran la decisión de la justicia 

Después de lo resuelto por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Nº 1, María Tobio junto a familiares, amigos y distintas organizaciones se manifestaron este martes en la puerta de Tribunales, para celebrar por la reciente decisión de la justicia, en cuanto revocó un fallo del Juzgado de Garantías N° 2  que rechazaba investigar las violaciones que sufrió la joven cuando solo era una niña.

La Cámara de Apelación de Mar del Plata revocó este lunes la resolución que a fines del año pasado había tomado el juez de Garantías Saúl Errandonea de confirmar el archivo por prescripción de los delitos denunciados por Marita Tobio por los abusos sexuales intrafamiliares sufridos cuando era menor de edad, por considerar que “no era posible continuar con el trámite de la causa” al entender “que desde el inicio se debió actuar con mayor compromiso en atención a la gravedad de los eventos denunciados, convocando a la denunciante a su sede, cuestionando, sosteniendo y realizando las derivaciones para brindar contención y apoyo efectivo a la mujer”. 

Cabe recordar que Marita Tobio tiene 35 años y desde el año pasado impulsa la denuncia contra su padre policía, su abuelo y su tío (los dos últimos ya fallecidos) por abusar sexualmente de ella durante su infancia. Sin embargo, ante la presentación de la denuncia el titular de la Fiscalía N°5, Alejandro Pelegrinelli, descartó avanzar con la investigación por la prescripción de los hechos denunciados teniendo en cuenta el paso del tiempo.

Luego de una presentación formalizada por su abogado, César Sivo, en el marco de la Ley 27.206 –sancionada en 2015 y conocida como “De respeto a los tiempos de las víctimas”-, le fue concedida una audiencia ante el Juzgado de Garantías N°2, Saúl Errandonea, quien la escuchó y a fines de diciembre pasado resolvió en torno a su presentación. 

En primer término, el juez consideró que era procedente analizar el pedido de la joven de abrir una causa. Sin embargo, argumentó que las normas que citó la denunciante con las cuales buscaba la apertura de la causa y que le permitirían iniciar una instrucción, como las reformas al Código Penal introducidas por las leyes 26.705 y 27.206, “entraron en vigencia en tiempo posterior y significativamente lejanas a los hechos denunciados, que habían tenido lugar entre 1989 y 1997″, indicó el magistrado, frente a la imposición legal de aplicar la retroactividad de una norma.

Contra esa decisión la mujer se presentó junto a su abogado Sivo ante la Cámara de Apelación cuya sala primera integrada por los jueces Marcelo Riquert y Esteban Viñas resolvió este lunes revocar íntegramente esa resolución. Asimsimo, se ordenó que el magistrado revea la decisión y vuelva a expedirse sobre la prescripción de la acción penal y señalaron que -en caso de que el juez ratifique su decisión-: que se habilite la realización de un “proceso por la verdad” con una investigación a cargo del Ministerio Público Fiscal; ello con el objetivo del esclarecimientos de los delitos denunciados, aunque sin la sanción de los acusados, y de alcanzar así una “reparación tanto moral como pública de la víctima”.