¿Cómo pedir la devolución de Ganancias con el Dólar Ahorro?

Según lo establecido en la Resolución General 4815 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), desde el 1 de enero del presente año quienes hayan comprado Dólar Ahorro pueden solicitar el reintegro del 35% retenido por concepto de ganancias. El trámite se realiza completamente online a través del portal web del organismo y es aplicable tanto para compras de dólar en billete como para compras con tarjeta de crédito.

Desde el Estudio Contable en Mar del Plata GC Consultora recibimos asesoramiento sobre cómo solicitar el reintegro del 35% de ganancias, quienes pueden solicitarlo y más detalles acerca del trámite. Esto es todo lo que tenés que saber sobre la devolución de la retención del Dólar Ahorro.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución de ganancias del Dólar Ahorro?

Según la información publicada por el AFIP, las personas que hayan hecho compras con el Dólar ahorro durante el año 2021 e incluso durante el 2020 pueden solicitar la devolución, a excepción de quienes:

  • Estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias o les corresponda inscribirse.
  • Estén inscriptos en el Impuesto sobre los Bienes Personales o les corresponda inscribirse.
  • Hayan tenido restricciones del Impuesto a las Ganancias durante el período de percepción, ya sea por trabajos en relación de dependencia con retención por parte del empleador o por jubilación o pensión.

¿Qué se necesita para solicitar el reintegro del 35%?

Para solicitar el reintegro del 35% de retención por la compra del Dólar Ahorro, los interesados deberán:

  • Estar inscriptos en el AFIP y poseer CUIT.
  • Contar con una Clave Fiscal nivel 2 o superior.
  • Tener el Domicilio Fiscal Electrónico constituido.

Será necesario ingresar un CBU de cuenta bancaria a través del apartado “Declaración de CBU” en el portal web del AFIP, en donde se depositará la devolución de Ganancias.

¿Cómo es el trámite para recibir la Devolución de Ganancias del Dólar Ahorro?

Quienes cuenten con todo lo solicitado anteriormente y no entren en las excepciones de la devolución, deberán acceder al sitio web del AFIP utilizando su usuario y clave fiscal, para luego ingresar al apartado “Devolución de Percepciones”.

En este apartado el usuario podrá observar las percepciones que han sido informadas por el agente de percepción, junto con la fecha en la que fueron realizadas. También es posible que algunas percepciones no se visualicen en la lista, por lo que el usuario deberá ingresarlas manualmente.

Para tramitar la devolución, se deberá seleccionar uno de los meses con percepciones y enviar la solicitud de reintegro, a través de la opción que aparecerá automáticamente al hacer la selección. Es importante saber que, en caso de tener varios meses con percepciones, se deberá realizar una solicitud por cada mes.

Para la fecha, y desde el 1 de enero del 2022, los contribuyentes podrán solicitar la devolución del 35% de retención por compras de Dólar ahorro que se hayan realizado durante el año 2021 e incluso durante el 2020, en caso de que estas no hayan sido solicitadas previamente.

Para evitar cualquier tipo de confusión, que lleve a retrasos durante el proceso de solicitud de retenciones, es recomendable contar con el asesoramiento de expertos, como es el caso de GC Consultora.

¿Hasta cuándo se puede solicitar la devolución?

El periodo establecido por la AFIP para que los contribuyentes soliciten sus percepciones de Ganancias por compras de Dólar Ahorro es bastante amplio. Según la ley 11.683 de este organismo, los beneficiarios tienen hasta 5 años a partir del momento que las percepciones estén disponibles para cobrarse.

De esta manera, los usuarios que hayan hecho compras de Dólar Ahorro en el año 2021, tienen desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del 2027. Sin embargo, es recomendable solicitar el reintegro lo antes posible para que el total del reintegro no se vea afectado por la inflación.

¿Qué hacer si no se visualizan todas las percepciones?

En caso de que, al entrar en el apartado de “Devolución de Percepciones” no se encuentren todas las percepciones de forma precargada, el usuario podrá cargarlas de forma manual. En este caso el AFIP solicitará los comprobantes de cada una de las percepciones que se han cargado y, posteriormente, se realizará una fiscalización al agente de percepción.

El proceso de verificación y fiscalización para que el AFIP confirme que las percepciones deben ser pagadas puede tardar bastante, por lo que el usuario deberá esperar para poder cobrar el reintegro total del periodo mensual que incluya percepciones cargadas manualmente.