El proyecto ingresado por La Cámpora para suspender la aplicación de leyes del presidente Javier Milei en la provincia de Buenos Aires sigue dando de que hablar. Este viernes, el diputado nacional de La Libertad Avanza, Alejandro Carrancio, directamente tildó de “inconstitucional” la iniciativa presentada por el kirchnerista Facundo Tignanelli, al asegurar que va en contra del Estado Federal establecido en la Constitución de la Nación.
“Hoy está claro que una ley sancionada dentro del ámbito nacional tiene una ejecución en todo el país, sino empezamos a desconocer el Estado federal que marca nuestra constitución. Entramos en una figura casi de desacato”, sostuvo Carrancio.
Cabe recordar que a principios de marzo, el titular del bloque de diputados de Unión por la Patria presentó un proyecto de ley para crear el “Procedimiento de Tutela Institucional”, que permitiría disponer medidas cautelares para frenar la aplicación e implementación de normas federales dentro de la provincia de Buenos Aires, siempre y cuando estas se hayan tornado inconstitucionales y/o que comprometan el orden institucional provincial.
Si bien en su iniciativa no lo nombra expresamente, la propuesta rápidamente se relacionó con un intento del peronismo para que las medidas impulsadas por el gobierno de Milei y sancionadas por el Congreso, como la reforma laboral o el mega DNU de desregulación, no lleguen a la provincia de Buenos Aires. Consultado por la naturaleza de este proyecto, Carrancio consideró que directamente “va en contra del orden institucional”.
“No tendría sentido tener un Congreso si después cada Legislatura provincial hace lo que quiere. Para eso están los poderes delegados del Estado, las provincias delegan a un Gobierno nacional parte de su competencia, de sus atribuciones, sus facultades. Si cada ley del gobierno después las provincias van a decidir si tiene o no tiene efecto, el Congreso de la Nación no tendría razón de ser”, sostuvo el exdiputado bonaerense y actual armador de La Libertad Avanza en la Quinta sección electoral.

Por caso, Carrancio, quien es abogado de profesión, le bajó el tono a la propuesta y enfatizó en la dificultad de que el peronismo consiga la mayoría suficiente para ser sancionada, debido a la resistencia que generaría en la oposición la posibilidad de bajarle el pulgar a leyes nacionales. “No resiste ningún planteo jurídico”, insistió.
“Este proyecto es una locura, es totalmente contrario a la voluntad popular de representación y de nuestro sistema representativo y federal. Es otra locura del kirchnerismo, que nos ha venido trayendo varias los últimos 20 años. Yo creo que es más una medida mediática para marcar un posicionamiento político, simplemente un caballito de batalla”, remarcó Carrancio.
Por último, el diputado nacional por la provincia de Buenos Aires puntualizó que el proyecto de La Cámpora no solo no reconoce al Congreso de la Nación, sino que tampoco toma en cuenta la voluntad del electorado en las últimas elecciones. “Desconoce nuestros representantes legislativos, es decir a los resultados democráticos del año 2023 y del 2025, que son los que conformaron las dos Cámaras”, cerró.
De qué trata el proyecto de La Cámpora
De acuerdo al proyecto, el procedimiento de tutela institucional planteado por la iniciativa camporista tendría un carácter “excepcional, preventivo, sumarísimo, cautelar y provisional” y solo podría ser promovido por el Defensor del Pueblo de la Provincia, cargo que ostenta el inoxidable Guido Lorenzino. Esto quiere decir que en ningún caso su aplicación generaría una nulidad, control de constitucionalidad o invalidez de la ley nacional cuestionada, como así tampoco afectará su vigencia en otras provincias argentinas.
“Esto no desconoce la supremacía del derecho federal ni altera el sistema argentino de control de constitucionalidad, sino que procura evitar que dicho control se torne ilusorio por la producción de daños irreversibles antes de un pronunciamiento definitivo”, justificó Tignanelli.
De acuerdo a lo esgrimido por el líder de la bancada peronista, el propuesta tendrá como objetivo preservar la integridad de la autonomía provincial, las competencias no delegadas al Estado federal, las instituciones fundamentales bonaerenses, los derechos colectivos de los habitantes, y el orden jurídico provincial en cuanto resulte afectado por la aplicación inmediata de normas federales.
El procedimiento de procedencia estricta solo será admisible cuando se verifique un riesgo cierto, actual o inminente; una afectación al orden constitucional provincial; una gravedad institucional manifiesta; o bien la norma se encuentre cuestionada a partir de planteos de inconstitucionalidad en alguna sede judicial.
En los fundamentos de su iniciativa, Tignanelli menciona varios fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los que el máximo tribunal sostiene que la suspensión cautelar de una norma no equivale a su declaración de invalidez ni implica un procedimiento anticipado. Al mismo tiempo, sentenció que, el negar la posibilidad de la suspensión cautelar, implicaría admitir que la provincia de Buenos Aires puede ejercer el control más intenso, es decir la declaración de inconstitucionalidad de una norma, pero a la vez carecería de herramientas para evitar daños antes de esa abrupta decisión.
