La jueza federal, María Servini, dictó el procesamiento sin prisión preventiva del cabo primero de Gendarmería, Héctor Jesús Guerrero, quien disparó e hirió de muerte al fotógrafo Pablo Grillo, durante la represión en la marcha de jubilados, el pasado 12 de marzo, en las inmediaciones del Congreso de la Nación.
En la resolución, la magistrada también imputó a Guerrero por el delito de abuso de armas agravado, por su condición de miembro de una fuerza de seguridad, luego de que se comprobará que el gendarme disparó en seis oportunidades fuera del protocolo, siendo una de ellas las que casi termina con la vida de Pablo Grillo.
En detalle, el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 explicó que, tras el análisis de los videos, fotos y registros incorporados a la causa, se comprobó que Guerrero disparó con un arma lanzador de gases lacrimógenos en posición horizontal contra el grupo de manifestantes, algo que está expresamente prohibido, en distintos momentos entre las 17:00 y las 17:22 horas.
Tras la corroboración de peritajes médicos y técnicos, el Tribunal describió que uno de esos disparos, identificado como “disparo 4”, atravesó primero una estructura de madera y luego impactó en la cabeza del fotoperiodista, sin que el proyectil perdiera velocidad ni trayectoria.

El Cuerpo Médico Forense concluyó que Pablo Grillo sufrió una “herida contuso compleja en rostro región mediofrontal, fractura expuesta de cráneo frontotemporoparietal izquierda, hematoma subdural derecho y hematoma epidural izquierdo”, lesiones que demandaron múltiples cirugías y lo mantuvieron internado en terapia intensiva durante meses.
Por su parte, el informe médico del fotoperiodista fue categórico: “Lesiones graves y gravísimas con tiempo de curación de más de 30 días e igual tiempo de inutilidad laboral. Si, real y concreto, las lesiones pusieron en peligro la vida del nombrado”.
Al 10 de septiembre de 2025, Pablo Grillo continuaba postrado en terapia intensiva, con deterioro cognitivo severo, sin responder a preguntas simples ni poder alimentarse por sus propios medios. A hoy, la salud del fotógrafo no evolucionó.
En ese contexto, aunque la defensa apeló el procesamiento sosteniendo que el arma no permitía apuntar con precisión, por lo que la trayectoria de los gases era errática, la Justicia consideró que estas características, lejos de exculpar, imponían un deber reforzado de cuidado.

“Guerrero no se trata de un efectivo inexperto, sino que formaba parte de la primera sección de GNA y tenía diez años de servicio al momento de los hechos”, alegaron los jueces en la resolución, tras señalar además que, el efectivo ejercía funciones como instructor de tiro y había aprobado cursos específicos sobre el uso de la fuerza y el cumplimiento de la ley.
Por todo ello, como medida cautelar, Servini ordenó un embargo sobre los bienes de Guerrero por $203.000.000, monto que consideró proporcional al daño causado y a los gastos del proceso, y dispuso que el imputado mantenga su domicilio, se presente periódicamente ante la autoridad policial y continúe con la prohibición de salida del país.
En paralelo, en un fallo dividido, se confirmó en las últimas horas el procesamiento del prefecto, Sebastián Martínez, por disparar contra Jonathan Navarro, un hincha de Chacarita que recibió un disparo en el ojo izquierdo durante la mencionada protesta del 12 de marzo.
