Lavado de Jonestur y Transcambio: Son 29 las personas procesadas por el juez Santiago Inchausti

La mayoría de los imputados integran los grupos liderados por las firmas Jonestur y Transcambio, y también hay policías bonaerenses. De acuerdo con la resolución, aportaron la estructura financiera para el blanqueo y la ocultación de fondos millonarios de origen ilícito. Entre otros casos, se detectaron el del fallecido exsecretario del Presidente Néstor Kirchner, Daniel Muñoz, y del grupo Salvatore, que intervino en operaciones de narcotráfico a gran escala a Europa.

El Juzgado Federal N°1 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Inchausti, procesó sin prisión preventiva a 29 personas por los delitos de asociación ilícita, intermediación financiera no autorizada y lavado de activos en la causa que investiga el funcionamiento de una red de “cuevas financieras” vinculada a las firmas Jonestur y Transcambio, que habrían operado durante más de una década al margen de los organismos de control, canalizando fondos millonarios hacia el sistema financiero nacional e internacional, con la utilización de estructuras de sociedades off shore. El magistrado dispuso embargos en los bienes de los imputados por sumas de entre 10 mil millones y 50 mil millones de pesos.

La decisión fue adoptada el pasado 25 de septiembre, a partir del pedido formulado en diciembre por la fiscal federal Laura Mazzaferri y el titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Diego Velasco. Aquel requerimiento fue formulado luego del análisis de un gran caudal de documentación, de extracciones forenses de dispositivos electrónicos, de informes de organismos públicos y entidades privadas y de información obtenida mediante exhortos internacionales librados al Principado de Andorra y a Panamá, producto de la cooperación internacional gestionada por la fiscalía.

Inchausti decretó el procesamiento sin prisión preventiva respecto de los integrantes de dos grandes núcleos: el Grupo Jonestur, integrado por directivos y accionistas de García Navarro Ramaglio y Cía S.A., Jonestur Crediticia S.A. y García Navarro Hnos. S.R.L; y el Grupo Transcambio, vinculado a la firma homónima con sede en Buenos Aires (Transcambio S.A.), Anker S.A. y Transacciones Crediticias S.A.

El magistrado ubicó a los socios y directivos de mayor injerencia en la operatoria como jefes de la asociación ilícita, mientras que a un grupo de directivos y operadores los incluyó como miembros. Por otro lado, decretó la falta de mérito de algunos imputados con menor intervención.

El juez consideró que existen elementos sobre que ambos grupos financieros actuaban como “bancas de hecho” que llevaban adelante operaciones cambiarias, bancarias y financieras, sin contar con las autorizaciones de los organismos de contralor, como el Banco Central. Esas maniobras fueron encuadradas en el delito de intermediación financiera no autorizada.

De acuerdo con la investigación, por fuera del cambio de divisas  -actividad lícita-, las casas de cambio ofrecían a sus clientes la apertura de cajas de ahorro y/o cuentas corrientes en la institución, además de operar en el descuento de cheques. A raíz de la captación de estos fondos, ofrecían contratos de mutuo dinerarios o préstamos con la inclusión de un interés a cambio, realizaban inversiones en fideicomisos y títulos públicos en el mercado nacional y la administración de activos entregados en custodia en cuentas en la Banca Privada de Andorra y otros bancos.

También ofrecían el servicio de remitir fondos sin declarar al exterior, para lo cual sorteaban los controles de los organismos competentes, hacia cuentas radicadas en los EE.UU. y entre otros países.

La oferta de servicios incluía el andamiaje societario y financiero para circular fondos de origen ilícito  -como el narcotráfico, la corrupción y la evasión- tanto en el país como al exterior, en algunos casos destinados al lavado en el marco de inversiones inmobiliarias, como se detectó en las investigaciones a Daniel Muñoz, en el denominado caso de los “Cuadernos”, y en el del contrabando de cocaína a Europa en bolsas de carbón, conocido como “Carbón Blanco”.

La decisión incluyó también imputaciones por la figura de autolavado, en virtud del reciclaje de fondos obtenidos a través de los servicios delictivos que se prestaban desde cada grupo financiero.

En el caso de los integrantes de Jonestur, el juez consideró que los fondos fueron depositados en cuentas de la Banca Privada de Andorra, mientras que en el caso de miembros de Transcambio, que fueron depositados y administrados a través de su resguardo en cajas de seguridad.

Entre las personas procesadas hay personal de la Policía de la provincia de Buenos Aires, que -de acuerdo con la imputación del MPF- actuó en connivencia con la estructura montada por los co-imputados.

Vínculos con causas de criminalidad compleja

En la resolución, el juez Inchausti puso de relieve que estas estructuras financieras mantenían lazos con personas procesadas en otras causas de narcotráfico y de corrupción, y que algunos de los imputados aparecen vinculados a fideicomisos y sociedades utilizadas en maniobras de reciclaje de dinero ilícito.

Precisó que desde el Grupo Jonestur intervinieron en el lavado de activos llevado adelante por Sergio Todisco, testaferro del exsecretario privado de Néstor Kirchner, Daniel Muñoz, donde el cliente utilizó al menos 1 millón de dólares en la compra de un departamento en el condominio Turnberry Ocean Colony.

Añadió que el Grupo Transcambio -cuyos miembros, en parte, se encuentran mencionados en la investigación “Panamá Papers”- intervino en la administración de sumas de dinero bajo instrucciones de Ricardo Gassan Saba, quien fue condenado como principal organizador y ejecutor de las maniobras de lavado activos del Grupo Salvatore  -en la causa “Carbón Blanco”- y en la utilización de estructuras fiduciarias, como el Fideicomiso “Rosa de los Vientos”, para movilizar capitales sospechados de provenir del narcotráfico, vinculado al abogado Carlos Salvatore, también condenado en aquel caso.

Finalmente, el fallo recobra el caso desatado en Andorra, a través de la intervención de la entidad Banca Privada de Andorra por incumplimiento a las normativas antilavado, con el consecuente congelamiento de alrededor de 78 millones de dólares en el año 2015 depositados en cuentas regenteadas por los miembros de Jonestur y el derrotero del proceso penal seguido a sus directivos, que culminó en un acuerdo suscripto con la fiscalía de ese país, que involucra sumas por cerca de la mitad del dinero allí congelado.

Medidas cautelares nacionales e internacionales.

El 25 de junio pasado, por pedido la fiscal Mazzaferri y el fiscal Velasco, el juez Inchausti había decretado la inhibición general de bienes para los integrantes del Grupo Jonestur y de las empresas de García Navarro Ramaglio y Cía S.A., Jonestur Crediticia S.A. y García Navarro Hnos. S.R.L., como también ordenó el embargo con fines de decomiso de bienes que pertenecieron en vida a Fernando Francisco García Navarro, socio principal del grupo económico.

En la resolución dictada la semana pasada en la que dispuso los procesamientos de los integrantes del Grupo Transcambio, el juez Inchausti decretó la inhibición general de sus bienes.

Las medidas cautelares dispuestas también alcanzaron dimensión internacional sobre aquellos activos  -dinero depositado en cuentas en el exterior- detectados por el Ministerio Público Fiscal en territorio andorrano.

El inicio de la investigación

La investigación se inició en 2014 a partir de un reporte del Banco Central ante la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC). A partir de las medidas adoptadas, se detectaron maniobras que incluían compra y venta ilegal de divisas, descuento de cheques, colocación de fondos en cuentas clandestinas y transferencias al exterior.

En particular, el caso se originó en comercios ubicados en el centro de la ciudad de Mar del Plata, donde se habrían realizado operaciones de cambio sin autorización. La pesquisa reveló, además, la participación de personas que ofrecían la compraventa de dólares en la vía pública —los denominados arbolitosen el corredor de la Avenida Luro al 3100, con la cobertura de terceros y, en algunos casos, de efectivos policiales que les brindaban protección para evitar controles y allanamientos.

Según la hipótesis trazada por la fiscal Mazzaferri, las operaciones no solo se realizaban en locales comerciales no habilitados y en la vía pública a través de “arbolitos”, sino también dentro de casas de cambio con autorización formal, pero con operaciones paralelas no declaradas.

Tras la realización de tareas de inteligencia criminal por parte de la Gendarmería Nacional y la incorporación de escuchas telefónicas, se dispusieron en 2016 allanamientos que derivaron en el secuestro de sumas millonarias en pesos y dólares, cheques, lingotes de oro, joyas, documentación, computadoras, celulares y armas de fuego. Los procedimientos fueron realizados a instancias de la fiscal, quien llevó adelante la investigación del caso con la coadyuvancia de la PROCELAC.

En esa oportunidad se produjeron detenciones y algunos de los implicados fueron procesados por asociación ilícita e intermediación financiera, aunque esas decisiones fueron objeto de sucesivos recursos ante la Cámara Federal de Apelaciones, la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hasta el punto de retrotraer la investigación a su inicio. El juez Inchausti, que había sido apartado de la causa por la Cámara Federal de Apelaciones, fue repuesto en el caso el año pasado por orden de la Corte.