
En las últimas horas, el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Mario Lugones, amplió el alcance de la receta electrónica, que ahora será obligatoria también para estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos, y no sólo para medicamentos como establece la ley, regirá a través de plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS).
Es preciso mencionar que, la medida fue publicada mediante la Resolución 2214/2025 en el Boletín Oficial, y completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse de forma digital en sistemas habilitados por la cartera sanitaria, con el objetivo de garantizar interoperabilidad y trazabilidad en todo el país.
En tanto, la normativa también contempla criterios para asegurar la interoperabilidad entre plataformas, ya que según precisó el Ministerio de Salud, los repositorios de datos deberán estar disponibles para todos los sistemas de prescripción médica, sin importar cuál sea la cobertura de salud del paciente, ya sea pública, privada u obra social, para evitar fragmentación y mejorar la continuidad de los tratamientos.
Uno de los principales avances que introduce la ampliación de la receta electrónica es la implementación de una identificación unívoca y segura tanto del paciente como de la prescripción médica. Para ello, se utilizará el CUIL como dato identificatorio del paciente, mientras que cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que permitirá individualizarla de manera precisa, transparente y sin duplicaciones.
En cuanto a las recetas archivadas o de prescripción restringida, como aquellas que incluyen psicotrópicos o estupefacientes, la Resolución establece un mecanismo digital específico, con resguardo obligatorio por al menos tres años, mientras que las plataformas que operen en el sistema deberán garantizar la integridad de esos documentos, para permitir eventuales auditorías, fiscalizaciones o revisiones clínicas.

Por caso, el cronograma de implementación de la receta electrónica detalla tres plazos clave: 45 días para asegurar la identificación unívoca de las recetas, 90 días para poner en funcionamiento el sistema para medicamentos con receta archivada y 120 días para los de prescripción restringida. Mientras tanto, en lugares sin conectividad o con dificultades logísticas seguirá vigente la posibilidad de emitir recetas en formato papel.
Según indicaron desde el Ministerio de Salud, el Gobierno coordinará con prestadores, plataformas digitales, farmacias y colegios profesionales el despliegue de los sistemas, priorizando la integridad de los datos y la seguridad del paciente. A su vez, se realizarán campañas informativas dirigidas a profesionales y usuarios para garantizar la correcta utilización del sistema de receta electrónica.
De acuerdo al discurso oficial del Ministerio encabezado por Lugones, la ampliación de la utilización de la receta electrónica busca consolidar un modelo sanitario moderno, eficiente y con mayores niveles de control público, con una búsqueda de agilizar los trámites y evitar errores.
Además, desde el Gobierno aseguran que la receta electrónica permitirá hacer un uso racional de los recursos del Estado, impidiendo prácticas fraudulentas de médicos y garantizando una trazabilidad integral de los tratamientos, con una contribución a una mejor fiscalización.

Es preciso recordar que, el primer día hábil del 2025, el Ministerio de Salud puso en funcionamiento la utilización de la receta electrónica en todas las áreas del país, aunque no había decretado la obligatoriedad de utilizarla para todos los procedimientos. De esta manera, este lunes quedaron obsoletas todas las recetas escritas en papel, y las droguerías sólo podrán vender medicamentos con las virtuales.
En ese entonces, desde el Ministerio de Salud remarcaron que para asegurar la correcta gestión de las recetas electrónicas, los repositorios virtuales deberán cumplir con estrictos protocolos técnicos y administrativos, que incluyen la alta disponibilidad del sistema y la garantía de almacenamiento seguro de las recetas durante el período que establece la normativa. Además, los repositorios deben contar con mecanismos de respaldo y recuperación ante posibles fallas o incidentes técnicos, con el fin de resguardar los derechos de los pacientes.