
El Gobierno nacional, a través del vocero presidencia, Manuel Adorni, confirmó en las últimas horas que apelará la decisión de la Justicia de suspender el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 461/2025 que ordenaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.
“El Gobierno apelará la suspensión del decreto que determina la disolución de Vialidad Nacional. Fin“, anunció en las últimas horas el vocero presidencial, Manuel Adorni, a través de sus cuenta personal de X.
Vale recordar que, el pasado 8 de julio, el Gobierno avanzó con la disolución del organismo, un ente que estaba a cargo de realizar y mantener las rutas nacionales, una asignatura pendiente del oficialismo que le costó el vínculo con los gobernadores, la eliminación de la Agencia de Seguridad Vial y la concesión de 9.120 kilómetros de rutas.
“El presidente Javier Milei, a través de un decreto que se va a publicar mañana, ordenó el cierre definitivo de la Dirección Nacional de Vialidad, y dos organismos más, la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y la Agencia Nacional de Seguridad Vial”, informó Adorni.
Nuevo revés para Milei: la Justicia suspendió el decreto que disuelve Vialidad Nacional
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N° 2, hizo lugar a una medida cautelar presentada por un sindicato de empleados del sector de Vialidad (Sevina) para suspender por seis meses el decreto del Gobierno que ordenaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
El fallo, que lleva la firma de la jueza federal Martina Forns y es un nuevo revés, avala la cautelar y determina que el Poder Ejecutivo debe “abstenerse de ejecutar” cualquier acto administrativo que derive del Decreto 461/2025, entre ellos reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal vinculados a la Dirección de Vialidad.
“La Constitución Nacional, como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con jerarquía constitucional, impiden al Estado en su rol concurrente de empleador y regulador alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.
En detalle, la Justicia puso el foco sobre el peligro que presentaba la inminente aplicación del decreto, ya que podría generar “traslados forzosos, desvinculaciones encubiertas o vaciamientos funcionales” en un organismo técnico que requiere autonomía para cumplir con su rol.“Es para evitar perjuicios irreparables hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, indicaron.

La medida de la Justicia de San Martín fue celebrada desde Sevina. “Esto representa un respaldo legal a nuestra lucha en defensa de la legalidad, la estabilidad laboral y la continuidad institucional de la Dirección de Vialidad. Seguiremos trabajando incansablemente para garantizar que no se vulneren los derechos de nuestras compañeros”, dijeron desde el sindicato.
Es preciso mencionar que, el cierre de Vialidad Nacional fue promulgado a inicios del junio por el propio presidente Javier Milei a horas de que se vencieran las facultades delegadas, en el marco de un paquete que también disolvió la Comisión de Tránsito y la Agencia de Seguridad Vial.
En los argumentos de la media, el Gobierno nacional sostuvo que la medida alegando sobredimensionamiento administrativo, un 67 % del personal realizaba tareas técnicas o jerárquicas y solo 33 % operativas, y prometió un ahorro fiscal cercano a los USD 100 millones anuales.
La Cámara Nacional del Trabajo volvió a declarar
invalido el DNU que limita el derecho a huelga
Previo a la medida cautelar de la Justicia de San Martín sobre la disolución de Vialidad, la Cámara Nacional del Trabajo, ratificó esta semana lunes la declaración de nulidad del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025 del Gobierno nacional que limitaba el derecho a huelga al ampliar la lista de servicios y actividades consideradas como esenciales.
Es que, a partir de un amparo presentado por al Confederación General del Trabajo (CGT), la jueza Moira Fullana ratificó la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del decreto del Ejecutivo nacional, que incorporaba, entre otras actividades, a la marina mercante como servicio esencial.
Vale recordar que, la norma había sido dictada por el Poder Ejecutivo nacional para imponer límites a las medidas de fuerza que se llevan a cabo desde hace varios meses en los sectores claves como salud, educación y transporte. Sin embargo, la resolución de Fullana volteó una vez más la intención de la administración libertaria.