Reiteran prohibición del uso de agroquímicos dentro de mil metros desde el límite de núcleos poblacionales

La Municipalidad de General Pueyrredon informó a los vecinos del Partido que, en cumplimiento de lo ordenado el 23 de mayo de 2025, se mantiene vigente la suspensión de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la Ordenanza N.º 21.296/2013, conforme lo dispuesto por resolución judicial de fecha 24 de septiembre de 2014, en el marco de la causa: “Picorelli Jorge Omar y otros c/ Municipalidad de General Pueyrredon s/ Inconstitucionalidad Ordenanza N.º 21.296” – Expte. N.º 72.669, que tramita ante la Secretaría de Demandas Originarias de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

De este modo, se encuentra vigente el régimen establecido por la Ordenanza N.º 18.740/2008, que prohíbe la utilización de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal —como plaguicidas y fertilizantes— dentro de un radio de mil (1.000) metros desde el límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales, entre otras disposiciones.

Asimismo, conforme lo resuelto por el Tribunal interviniente, se recuerda que deben cumplirse las demás medidas de prevención y protección del ambiente y de la salud de la población previstas en las Ordenanzas N.º 18.740/2008 y N.º 21.296/2013.