“La colegiación dificulta la adaptabilidad de la profesión del mercado inmobiliario”

En medio de las controversias por una posible desregulación del sector, Pablo Majul, Magíster en Derecho Administrativo Económico y especialista en Abogacía del Estado, opinó sobre el rol de los Colegios de Corredores y Martilleros.

Las intenciones del Gobierno nacional de desregular el sector inmobiliario ha generado en las últimas semanas diversos debates alrededor de los Colegios Profesionales y el sistema de colegiación. Diversos especialistas se han referido a esas cuestiones tratando de aportar claridad al respecto.

Entre ellos está Pablo Majul, Magíster en Derecho Administrativo Económico y especialista en Abogacía del Estado. El experto explicó que la creación de colegios o asociaciones profesionales en Argentina se inició a fines del siglo XIX y principios de XX, y estuvo influenciada por la creciente industrialización y la necesidad de regular diversas profesiones, incluido el ámbito de la construcción, la medicina, el derecho, entre otras. “Los martilleros y corredores públicos se institucionalizaron allá por el año 1943. Esto dio lugar a un corporativismo muy fuerte que, hasta el día de hoy, sigue bastante arraigado en nuestra sociedad alcanzando a varios sectores. El profesor Juan Vicente Sola, al comentar la desregulación económica impulsada a través del DNU 70/23, explicaba que la Argentina es una sociedad corporativa, tradición que viene del período colonial. Los grupos de interés, cámaras empresariales, sindicatos y sectores dentro de la administración buscan y obtienen normas para promover sus intereses. Todo esto conforma un enjambre regulatorio multiplicador de los costos de transacción. En simples palabras, parafraseando al Dr. Sola, al corporativismo se ingresa fácilmente, muchas veces, por un camino de buenas intenciones, pero la salida requiere de un enorme esfuerzo”, advirtió Majul.

A su vez, el especialista subrayó que “no hay regulaciones inocentes y cualquier privilegio dado a un grupo especial es un riesgo para el Estado de derecho: esto desalienta las inversiones genuinas”. En ese sentido, Majul enfatizó que los corredores inmobiliarios y martilleros públicos son profesiones liberales reconocidas expresamente a nivel nacional por el Código Civil y Comercial, pudiéndose detectar antecedentes legislativos previos en el Código de Comercio (1859), en la ley nacional 20.266 (1973) denominada “Ley Nacional de Martilleros” y la ley 23.282 (1985) que incorporó la figura del corredor exigiéndole —al igual que lo hacía la ley 20.266 respecto de los martilleros— aprobar un examen de idoneidad para el ejercicio de la actividad.

Inclusive, a fines de la década del ´90, el Congreso de la Nación sancionó la ley 25.028 por la que se exige que para ser martillero y/o corredor es requisito ´poseer título universitario expedido o revalidado en la República´. Es decir, ya no bastaba la simple aprobación de un examen de idoneidad (que se hacía ante cualquier tribunal judicial de alzada del país con competencia en materia comercial), sino que, a partir de esta nueva norma, los interesados en ejercer esas profesionales deberán transitar, de manera obligatoria, los claustros universitarios. Sin duda, se trató de una ley que jerarquizó aún más las aludidas profesiones”, indicó Majul.

De todos modos, destacó que, a diferencia de lo que ocurre en países como Estados Unidos, los colegios profesionales en nuestro país tienen un rol más formal y regulador establecidos por leyes provinciales: “Entonces, dependiendo desde el punto de vista en que se lo mire, los colegios profesionales en general cumplen un rol fundamental en la regulación y supervisión ´entre pares´ de la actividad profesional, en este caso, relacionada con la intermediación inmobiliaria. En definitiva, al igual que ocurre con otras profesiones liberales, los colegios de martilleros y corredores tienen un papel crucial en la estructura del mercado inmobiliario. Sin embargo, no todo lo que brilla es oro”.

Majul agregó que “la colegiación termina estableciendo rigideces normativas que pueden dificultar la adaptabilidad de la profesión a las dinámicas cambiantes del mercado inmobiliario generando, de esa manera, costos adicionales (que terminan trasladándose a los consumidores en forma de honorarios elevados), menor competitividad (lo que siempre termina influenciando negativamente en los precios y en la variedad de los servicios disponibles en el mercado), entre otros aspectos”. Tal como señaló el experto, “el corporativismo, cuando es de carácter manifiesto, tiene un fuerte carácter autoritario”.

Y en línea con lo que plantean otros especialistas, Majul concluyó que “la colegiación profesional tiene ventajas y desventajas y, en el caso de la actividad inmobiliaria, tiene un impacto económico directo que puede resultar significativo, afectando no solo a los profesionales, sino también a los consumidores y al mercado en su conjunto. La clave, como suele suceder, está en encontrar un equilibrio que promueva la calidad del servicio, al mismo tiempo que se minimicen las barreras de entrada y los costos adicionales para los consumidores”.