Mar Chiquita: Piden se mantenga el boleto estudiantil en la Línea 221

La Municipalidad de Mar Chiquita, a través del Consejo del Transporte elevó al Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires una carta en la que aseguran “profunda preocupación respecto de la conducta desplegada por la empresa Costa Azul línea 221”, luego del anuncio de la empresa de dejar de aplicar el boleto estudiantil gratuito.
La medida fue tomada tras el anuncio de la empresa transportista mencionada, única que presta el servicio de transporte público urbano e intercomunal en el sector costero del distrito, de dejar de aplicar el beneficio del boleto gratuito estudiantil establecido mediante Ley 14.735, informando que solo se aplicará un 20% de descuento del valor del boleto según el trayecto realizado.

En la misma aseguran: “Esta pretensión resulta manifiestamente ilegal y contraria al marco normativo vigente, que establece la obligatoriedad del beneficio para todos los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa citada”.  La Ley 14.735 establece en su artículo 2° la gratuidad del boleto para alumnos regulares de los niveles inicial, primario, secundario y superior, siendo este un derecho adquirido que no puede ser desconocido unilateralmente por ninguna empresa prestadora del servicio.
“No puede dejar de soslayarse que la empresa transportista ha comunicado que implementará esta medida el día 04/03/2025, un día inhábil por tratarse del feriado de Carnavales, y a tan solo 24 horas previo al inicio del ciclo escolar 2025, lo que a todas luces resalta su accionar antirreglamentario. Por ello es que dejamos solicitado que se arbitren los medios necesarios para que de manera urgente la autoridad de aplicación normalice esta situación y se garantice el derecho al Boleto Especial Educativo de carácter gratuito en el Partido de Mar Chiquita”, continúan.
De esta manera, la Municipalidad de Mar Chiquita a través del Consejo de Transporte solicita se intime a la empresa transportista a mantener la plena vigencia del beneficio del boleto estudiantil gratuito; se apliquen las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento, conforme lo establecido en el régimen de penalidades vigente y se adopten las medidas necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de la Ley 14.735.