El Gobierno nacional confirmó los tres días no laborables (no feriados) con fines turísticos que habrá en 2025 . Lo hizo a tragvpes del DNU 1027/2024 salió publicado este jueves en el Boletín Oficial, citando en sus considerandos la Ley N° 27.399 que faculta al Gobierno a fijar anualmente hasta tres días no laborables que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
La normativa, que lleva las firmas del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, indica que esos días están relacionados con “coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo.”
Los tres días no laborables en 2025 que generarán fines de semana largo son:
- Viernes 2 de mayo, que se pliega al Día del Trabajador, que es el jueves 1.
- Viernes 15 de agosto, en la víspera del domingo 17 del mismo mes, día del paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
- Viernes 21 de noviembre, posterior al Día de la Soberanía Nacional, fijado el jueves 20 de noviembre de 2025.
Cuál es la diferencia entre día no laborable y feriado
A diferencia de los feriados nacionales, durante los días no laborables no existe obligatoriedad de suspender las actividades laborales y los empleados que trabajen en esos días, previo acuerdo con sus jefes y empleadores, percibirán un salario normal, sin el adicional correspondiente al festivo trabajado.
El caso más significativo para marcar la diferencia ocurre en Semana Santa: Jueves Santo es día no laborable; Viernes Santo, feriado nacional.
Cuáles feriados quedan en 2024
Solamente restan los feriados del domingo 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción) y el miércoles 25 de diciembre (Navidad). Ambos son inamovibles.
Cuáles son los feriados inamovibles en 2025
- 1° de enero (miércoles): Año Nuevo
- 3 y 4 de marzo (lunes y martes): Carnaval
- 24 de marzo (lunes): Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 2 de abril (miércoles): Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 18 de abril (viernes): Viernes Santo
- 1° de mayo (jueves): Día del Trabajador
- 25 de mayo (domingo): Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio (viernes): Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio (miércoles): Día de la Independencia
- 8 de diciembre (lunes): Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre (jueves): Navidad
Cuáles son los feriados trasladables en 2025
- 17 de junio (martes, se traslada al lunes 16): Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes
- 17 de agosto (domingo): Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- 12 de octubre (domingo): Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 20 de noviembre (jueves): Día de la Soberanía Nacional