La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo emitió un fallo contra la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y su presidente, Alfredo González, en una causa por empleo no registrado. Según el fallo, “Quedó demostrada la falta de registración de la relación laboral” con un empleado de la entidad empresaria. Además, el fallo fijó el monto nominal de condena en la suma de $8.361.228,31 más los intereses.
Según el fallo, “se demostró la falta de registración de la relación laboral” del trabajador afectado, lo que fundamentó la extensión de la condena a Alfredo Desiderio González en su rol de presidente de la entidad.
El fallo cita el artículo 274 de la Ley de Sociedades (L.S.), que responsabiliza a directores de sociedades anónimas y a gerentes de sociedades de responsabilidad limitada.
Este artículo extiende la responsabilidad a todos los créditos laborales, y en conjunto con el artículo 59, establece la responsabilidad personal, solidaria e ilimitada de administradores, directores y representantes que incumplan la normativa vigente, sea por acción u omisión.
La sentencia llega en un contexto donde diversas cámaras empresariales cuestionan la transparencia en la administración de los fondos millonarios que la entidad percibe por aportes obligatorios de sus empleados para “capacitación”, aunque en ocasiones se ha constatado que dichas capacitaciones no se realizaban.
Este caso se suma a otras sentencias contra la actual gestión de CAME y su titular, como las denuncias por acoso laboral, por las que la organización también enfrenta un embargo judicial.