El objetivo de actualizar la ejecución pública de obras artísticas
La modificación en la normativa tiene que ver con reflejar la realidad que se vive actualmente. Ahora, el acceso a obras artísticas y culturales cambió y la tecnología permite un mayor acceso a ellas.
Modificaciones en la ley de la propiedad intelectual
El Decreto N° 41.223/34, que regula a Ley N° 11.723, experimentó dos cambios clave. Por un lado, el nuevo artículo 33 que establece que la ejecución pública es “aquella que se efectúe -cualquiera que fueren los fines de la misma- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas“.
Esto influye ejecuciones realizadas en vivo por artistas, como las que se realizan a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales.
Según detalló el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación Argentina, Federico Sturzenegger, detalló a través de X que la reproducción de contenidos en el ámbito privado de la actividad hotelera y turística específicamente serán excluidas de las ejecuciones.
Por otro lado, se modificó el artículo 35, que ahora indica: “Las obras musicales, las obras cinematográficas y los fonogramas no podrán ser objeto de ejecución pública ni transmitidos o retransmitidos por cualquier medio, sin autorización expresa de los titulares de sus derechos, sus derechohabientes, representantes o las sociedades de gestión colectiva que los representen”.
Además, cualquier persona que obtenga una recompensa económica por la ejecución pública de una obra, debe darle una compensación a los titulares de los derechos. De todas formas, se aclara que, cuando las obras se utilicen con fines didácticos en establecimientos educativos o durante conmemoraciones patrióticas, no será necesario abonar la compensación.
Daniel Scioli: “Cumplimos con nuestra promesa”
Daniel Scioli expresó su satisfacción en la red X al afirmar: “Cumplimos nuestra promesa: los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado.Este logro es el resultado de una política de mayor desregulación económica impulsada por el Presidente @JMilei que fortalece la competitividad de la industria turística. Gran trabajo del Ministro @fedesturze y del Gobierno en este camino hacia un Estado que actúa como un gran facilitado”.
Por su parte Federico Sturzenegger posteó: Logramos bajar los costos a la actividad hotelera y turística. Hoy por el Decreto 765/24 el presidente @JMilei aclaró el alcance de los derechos de propiedad intelectual para la reproducción de contenidos en ámbitos privados.
Existía una controversia sobre si, por ejemplo, el uso de un televisor en una habitación de hotel consistía una difusión pública o privada. El Decreto, que modifica una norma del año 1934, precisa que en ese caso se trata de un ámbito de reproducción privada. La confusión había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aún si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios.
El Decreto también moderniza la comercialización de licencias de reproducción, autorizando las programadas para la difusión pública de contenidos. Así agiliza el cumplimiento de las obligaciones en establecimientos con tránsito público (comercios, etc). Ahora podrías comprar una licencia de Spotify (por dar un ejemplo) pensada para uso comercial que no se podía ofrecer.
La claridad sobre los derechos de propiedad es el pilar de una economía libre. Este decreto fue el producto de un trabajo conjunto de varias áreas incluyendo al Ministerio de Justicia y el Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente y que fuera impulsado en el Congreso por Laura Machado y Hernán Lombardi.
.