En las últimas horas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reglamentó las modificaciones que se introdujeron con la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias tras la reciente aprobación del Paquete Fiscal, que comenzarán a regir a partir de julio, por lo que los salarios de junio no se verán afectados de manera retroactiva.
De esta manera a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En contraparte, los haberes percibidos por el mismo grupo desde el 1° de julio en adelante que superen el millón y medio de pesos, quedarán sujetos a la nueva Resolución General y pagarán el Impuesto a las Ganancias
En la misma línea, desde la AFIP señalaron que el cambio en la regla, con relación al Impuesto a las Ganancias según el momento en que se cobra, está hecho para beneficiar al trabajador, ya que en un primer momento se especulaba con que los salarios de junio iban a entrar de manera retroactiva en el tributo.
Por otro lado, para darle continuidad lógica a la política de simplificación que comenzó a implementar la AFIP a partir de la asunción del Gobierno nacional de La Libertad Avanza, el organismo eliminó la obligación de presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2023.
En tanto, el Paquete Fiscal, que fue enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo actual, asegura que la vuelta de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias “procura mejorar la equidad del sistema impositivo” de la Argentina, a pesar de que en su momento, el presidente Javier Milei aseguró que el tributo es “una calamidad y representa un castigo silencioso” a los trabajadores.
Es preciso recordar que, el año pasado, el ministro de Economía del Frente de Todos, Segio Massa, había dado un paso significativo en la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores con la eliminacion de la cuarta categria del Imouesto a las Ganancias , e incluso fue una medida que el propio Milei celebró. Ahora, con la Paquete Fiscal en vigencia, la AFIP dio marcha atrás y restituyó el tributo.
Impuesto a las Ganancias: qué ocurre con el aguinaldo
En lo que respecta al Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo que cobran todos los trabajadores registrados en relación de dependencia dos veces al año, desde la AFIP detallaron dos posibilidades para completar la recaudación tanto de los trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias como los que no.
Por un lado, el organismo que recauda el dinero que todos los impuestos nacionales propuso sumar los importes realmente abonados en los meses de pago del aguinaldo, y por el otro, analiza computar 12º partes mensuales y luego ajustar en la liquidación anual o final de cada trabajador.
AFIP: la nueva fórmula para calcular las retenciones
- Para los ingresos devengados desde el 1° de julio y percibidos hasta el 31 de agosto de 2024, la AFIP utilizará los montos originales establecidos por la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes aprobada por el Congreso nacional.
- En tanto, en septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del Impuesto a las Ganancias. El coeficiente de actualización se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.
- Por su parte, las liquidaciones practicadas desde el 1° de septiembre considerarán las deducciones personales y escala del Impuesto a las Ganancias acumuladas al 31 de agosto de este año. A estas se sumarán las actualizadas a septiembre del 2024.