El dictámen de mayoría del oricialismo de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos es una versión acotada respecto del texto que se desmoronó el 5 de febrero pasado cuando el presidente Javier Milei ordenó, a la distancia, la vuelta en comisión.
El oficialismo debió sacrificar artículos hasta el último minuto, por diferencias con la oposición dialoguista, para no exponerse a derrotas en el recinto en el tratamiento en particular. No obstante, tras los recortes y retoques quedó un texto voluminoso, de 240 artículos y 162 páginas.
Por insistencia de la UCR se quitó al Banco Nación de la lista de empresas sujetas a privatización parcial, al igual que todas sus empresas subsidiarias como Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Bursátil y Nación Servicios.
El capítulo de modernización laboral quedó comprimido respecto de la versión original. En este sentido, ganó la pulseada el presidente del bloque de Hacemos Coalición Federal, Miguel Pichetto, que no quería abrir un frente de conflicto con los sindicatos, ya que en la propuesta original estaba la idea de eliminar las cuotas solidarias obligatorias para los no afiliados.
También se decidió quitar del articulado el capítulo entero de Defensa de la Competencia porque el Gobierno consideraba que en el actual escenario signado por sospechas de cartelización de empresas de medicina prepaga, con las modificaciones propuestas el Estado perdería poder de fuego pára poder combatir estas prácticas abusivas de mercado.
A su vez, se eliminó el capítulo sobre consolidación de títulos del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de Anses que habilitaba la venta de acciones, ya que había quienes desde la oposición presionaban para que antes de liquidar acciones se obligue al Estado nacional a saldar deudas previsionales con las provincias.
Cómo quedó la ley ómnibus
El artículo 1 consiste en la declaración de la emergencia en cuatro materias: económica, administrativa, energética y financiera (es decir que produce un recorte respecto de la versión del verano cuando estaban la de seguridad y tarifaria). Esta disposición le da facultades delegadas al Poder Ejecutivo para poder tomar resoluciones en cada uno de estos planos.
La ley sigue con un capítulo de reforma del Estado donde lo más relevante es el artículo que autoriza al Poder Ejecutivo eliminar reparticiones públicas, suprimir competencias y funciones de esos organismos, fusionar estructuras, disolver parcial o totalmente organismos de la administración central o descentralizada.
No obstante se incluyó una lista de organismos que quedan a salvo de cualquier intento de disolución.
En la versión anterior, solamente se consignaban allí entre las excepciones al Conicet, el INTA y las universidades nacionales.
Por presión de los bloques opositores se añadieron a ese listado otros organismos como la CONEAU, CONAE, Instituto Malbrán, INCUCAI, INCAA, ANMAT, ENACOM, la CNV y la UIF.
Enmarcado en el mismo título de “Reforma del Estado” se encuentra el artículo 5 que autoriza al Poder Ejecutivo a “modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos”.
Por pedidos de la oposición dialoguista se efectuaron retoques para garantizar que los recursos de aquellos fideicomisos que se financian con asignaciones específicas de impuestos coparticipables, vuelvan a la masa coparticipable, y solamente los fondos del resto de los fideicomisos que se liquidan vuelvan al Tesoro.
En cuanto al capítulo de privatizaciones, se declaran empresas sujetas a privatización a Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., e Intercargo SAU, mientras que se propone un esquema de concesión privada para las empresas Agua y Saneamientos Argentinos S.A., Correo Oficial de la República Argentina S.A., Belgrano Cargas y Logística S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. (SOFSE) y Corredores Viales S.A.
En tanto, se declara empresas sujetas a privatización parcial a Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y Yacimientos Carboníferos Rio Turbio (YCRT), que en caso de que una parte de sus acciones sean trasferidas el Estado deberá conservar la mayoría societaria. En este grupo estaba incluido el Banco Nación, pero fue retirado del listado y no será privatizado.
El otro tema conflictivo que estuvo en la baraja hasta último momento es la reforma laboral, que quedó reducida a la extensión del período de prueba, el fondo de cese laboral optativo a determinar en los convenios colectivos de trabajo como alternativa a las indemnizaciones (de hasta 8% de las remuneraciones), y la derogación de multas por no registración laboral.
En cuanto a los períodos de prueba (comúnmente llamados “pasantías”), que actualmente son de tres meses, la propuesta es extenderlos a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, de 8 meses para PyMES de 6 a 99 trabajadores, y de un año para minipymes de hasta 5 trabajadores.
La empresa solamente podrá contratar a un trabajador bajo la figura del período de prueba una sola vez. La utilización abusiva del período de prueba para evitar la efectivización de un trabajador es pasible de sanciones.
Otro aspecto fundamental de la ley Bases es el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que establece beneficios para acelerar la toma de decisiones de inversión para proyectos de más de 200 millones de dólares.