Desde el 8 de febrero se procederá al cobro del tributo correspondiente a los combustibles líquidos mediante un recargo adicional del 1,86. La finalidad de esta medida es destinar los fondos obtenidos al mejoramiento de las calles de la ciudad.
En el comunicado emitido por el gobierno municipal se rectificó la información previamente difundida que indicaba el inicio del cobro desde el lunes siguiente. La corrección se debió a un error interno del Ejecutivo en relación a las fechas. Se aclaró que el plazo de 10 días corridos para la implementación de la tasa debe computarse desde la publicación del decreto reglamentario en el boletín oficial, ocurrida el pasado lunes, y no desde la firma del acto administrativo el 26 de enero, como inicialmente se había considerado.
Según lo establecido en el decreto reglamentario, se determina que todos los establecimientos expendedores de combustibles en General Pueyrredon están obligados a actuar como agentes de percepción de la tasa vial, independientemente de la forma de comercialización (venta directa, por cuenta y orden de terceros, etc.).
Se exceptúa del pago de la tasa vial el expendio de combustible líquido a granel, entendido como la venta realizada por petroleras y/o empresas distribuidoras directamente a estaciones de servicio habilitadas para su posterior comercialización. También se exime del tributo al transporte público urbano de pasajeros de la comuna.