Declaran nulidad del decreto de Macri que habilitó blanqueo a familiares de funcionarios

La Justicia declaró este jueves la nulidad absoluta de cuatro artículos de un decreto del expresidente Mauricio Macri que habilitó el acceso a familiares de funcionarios públicos al blanqueo de activos en el marco del llamado “sinceramiento fiscal” en 2016.

La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal 11, Martín Cormick, quien advirtió que la inclusión de esos artículos en el decreto significó la “extensión de un beneficio a un caso no previsto oportunamente en la ley”, según la sentencia a la que tuvo acceso Télam.

El juez hizo lugar a una demanda de la organización Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada, la Asociación Civil La Plata, Berisso y Ensenada Asociación Civil y los entonces diputados nacionales Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti.

Foto Pepe Mateos
Foto: Pepe Mateos

La demanda se presentó para declarar la nulidad de los artículos 1,2, 5 y 6 del decreto 1206/2016 que firmó Macri “mediante la cual se modificaron -a su criterio- aspectos esenciales del Decreto 895/2016, que reglamentó la Ley 27.260 Régimen de Sinceramiento Fiscal”.

La firma del decreto que incluyó los cuatro artículos que ahora quedaron anulados implicó la inclusión en el beneficio “de un grupo de sujetos (cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82 expresamente excluidos en el artículo 83 de la ley” de sinceramiento fiscal.

Además, el mencionado decreto 1206/06 llevó la ampliación del beneficio del blanqueo de capitales previsto en la ley a “situaciones no previstas” y a la “inclusión de sujetos originalmente excluidos”.

“Bajo una supuesta pretensión de incorporar precisiones, se modifican aspectos de la Ley 27.260, generándose en consecuencia un exceso en la reglamentación de la ley“, concluyó el juez.

El magistrado sostuvo que “más allá del análisis sobre si existe en el caso exceso en la reglamentación al desvirtuar en tanto modifica la ley que reglamenta, debe destacarse que dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del Poder Legislativo en materia tributaria”.

Si la decisión judicial queda firme en instancias de apelación, la AFIP podrá reclamar a los contribuyentes involucrados el pago de todos los impuestos no abonados sobre sus bienes incluidos en el blanqueo más intereses por pago fuera de término, recordó el juez que informó en la causa el organismo.

Al conocerse el fallo judicial, el ministro de Seguridad, Aníbal Fernández manifestó en la red social X: “La Justicia anuló el decreto dictado por Macri que les permitió blanquear capitales a los familiares de funcionarios públicos” y agregó que el juez Cormick “anuló los artículos de la norma dictada por el ex Presidente que ampliaba los alcances de una ley a situaciones no previstas originariamente por los legisladores”.

Por su parte, en declaraciones a radio Télam, el dirigente Felipe Solá recordó que el blanqueo sancionado en 2016 formó parte de una “ley ómnibus” con “una enorme cantidad de temas insertos y que tuvo una mayoría amplia que decretaba, entre otras cosas, un blanqueo para la gente común, pero no para ningún tipo de funcionario público de ninguno de los tres poderes”
“Lo decía expresamente un artículo que yo pedí a la madrugada excluir a los funcionarios públicos, a sus esposas o convivientes, a sus padres y a sus hijos. Eso fue en julio”, de 2016, remarcó el entonces diputado nacional.

El decreto “se promovió, pero el 6 de diciembre de ese año Macri sacó un decreto y dijo “sí, los familiares de los funcionarios pueden blanquear” lo que fue constitucionalmente un horror” que denunció al día siguiente, según recordó.

“Al final me puse de acuerdo con la asociación Ajus (Asociación civil Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada) en busca de justicia, que después intervinieron con una denuncia similar, bajé mi denuncia para que se consolidara en una sola”, la causa judicial en la que ahora hubo sentencia.